Abogado para delitos de sustancias ilegales en Barcelona

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Asesoramiento penal expertos en delitos de sustancias ilegales en Barcelona

Nuestro despacho penalista está comprometido en tu protección

En Lealta Abogados somos especialistas en la defensa penal tanto de investigados como de víctimas en procedimientos relacionados con delitos de sustancias prohibidas. Estos delitos, regulados entre los artículos 359 y 365 del Código Penal, castigan la elaboración, distribución o comercialización de productos que puedan suponer un grave riesgo para la salud pública.

Si has sido citado como investigado o deseas ejercer la acusación particular en uno de estos procedimientos, contacta con nosotros. Nuestra experiencia como penalistas nos permite actuar con rapidez, estrategia y rigor desde la fase inicial de la investigación.

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¿Qué se considera delito de sustancias prohibidas?

Se trata de delitos contra la salud pública que sancionan conductas relacionadas con productos tóxicos, sustancias químicas, medicamentos o alimentos que incumplen las normativas sanitarias, especialmente si conllevan peligro para la salud de los consumidores.

A diferencia de los delitos de tráfico de drogas (art. 368 CP y ss.), aquí no se persigue tanto la sustancia en sí, sino la falta de control, legalidad o seguridad en su producción o comercialización.

Las penas varían en función del tipo de delito, pero pueden incluir:

  • Prisión de 6 meses a 6 años.
  • Multas económicas importantes.
  • Inhabilitación especial para ejercer profesiones sanitarias, farmacéuticas o industriales.

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Conductas tipificadas en el Código Penal (arts. 359 a 365)

Estos son los principales tipos delictivos:

  • Artículo 359 CP: Fabricar o elaborar sustancias nocivas para la salud o productos químicos que puedan causar estragos.
  • Artículo 360 CP: Distribuir o comerciar con tales productos, conociendo su peligrosidad.
  • Artículo 361 CP: Suministrar alimentos o bebidas no aptos para el consumo humano.
  • Artículo 362 CP: Manipular o adulterar sustancias alimentarias o medicamentos con riesgos para la salud.
  • Artículo 362 bis CP: Elaborar o distribuir medicamentos sin autorización o sin control de calidad.
  • Artículo 363 CP: Castiga al profesional sanitario o responsable que comete estas infracciones.
  • Artículo 364 CP: Abandono o ocultación de productos peligrosos que pongan en riesgo la salud pública.
  • Artículo 365 CP: Fabricación o tráfico de medicamentos falsificados.
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¿Cómo trabajamos la defensa penal o la acusación en estos casos?

En Lealta Abogados asumimos la defensa con una estrategia sólida, estudiando cada detalle técnico y pericial de la causa. Esto es especialmente relevante en estos delitos, donde se requiere conocimiento jurídico, pero también comprensión de aspectos sanitarios, farmacéuticos o industriales.

Si eres el investigado:

  • Te asesoramos desde el primer momento.
  • Controlamos la legalidad de las diligencias.
  • Impugnamos informes periciales sin rigor.
  • Exploramos vías de archivo, conformidad o absolución según cada caso.

Si eres víctima o afectado:

  • Presentamos la denuncia o querella.
  • Nos personamos como acusación particular.
  • Solicitamos medidas cautelares urgentes (retirada de productos, cierre de instalaciones).
  • Reclamamos la indemnización por los daños sufridos.

Preguntas frecuentes sobre el delito de sustancias ilegales en Barcelona

Resolvemos tus dudas

Sí. El artículo 362 bis CP sanciona la distribución de medicamentos sin autorización sanitaria, incluso si no ha habido daños a personas.

Sí, en muchos de estos delitos basta el riesgo para la salud, no es necesario que haya víctimas afectadas.

Sí. Como consumidor afectado o como familiar de una persona perjudicada puedes ejercer la acusación particular.

Sí. Los responsables sanitarios, técnicos o farmacéuticos también pueden ser investigados penalmente si incumplen sus deberes.

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