Abogado especialista en estafas en barcelona

Abogados expertos en defensa y acusación de delitos de estafas

Confía en un abogado especialista en fraude en Barcelona

Protegemos tus derechos y tu futuro

En Lealta Abogados somos especialistas en procedimientos penales por estafa, en todas sus modalidades: estafa clásica, agravada, continuada, informática, documental o societaria. Actuamos en la defensa de personas investigadas o acusadas, y también como acusación particular para recuperar el perjuicio sufrido por nuestros clientes.

Los delitos de estafa, regulados en el artículo 248 y siguientes del Código Penal, son complejos y requieren un profundo conocimiento jurídico, económico y probatorio. Nuestra experiencia en causas con importante carga documental, pericial y técnica nos permite ofrecer una estrategia legal sólida, desde la fase de instrucción hasta el juicio oral.

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¿Qué se considera estafa?

El delito de estafa se comete cuando una persona, con ánimo de lucro y mediante engaño bastante, induce a otra a realizar un acto de disposición patrimonial en perjuicio propio o de tercero.

Elementos esenciales:

  • Engaño previo o concurrente.

     

  • Ánimo de lucro del autor.

     

  • Perjuicio económico para la víctima.

     

  • Relación causal entre el engaño y el perjuicio.

     

Tipos frecuentes de estafa

  • Estafa clásica: ventas falsas, falsos alquileres, engaños en compraventa.

     

  • Estafa continuada: varias acciones similares dirigidas al mismo fin.

     

  • Estafa agravada (art. 250 CP):
    • Afecta a bienes de primera necesidad o vivienda habitual.
    • Valor elevado (más de 50.000 €).
    • Abuso de firma en blanco, relaciones personales o confianza.
    • Grupos organizados o profesionales del fraude.

 

  • Estafa informática (art. 248.2 CP): uso de tarjetas, manipulación digital de datos, phishing.

 

Estafa documental/societaria: falseamiento de datos contables, simulación de contratos, fraudes empresariales.

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Penas prevista en el código penal

Tipo de estafa

Pena

Básica

6 meses a 3 años de prisión

Agravada (art. 250 CP)

1 a 6 años de prisión + multa de 6 a 12 meses

Estafa leve (menos de 400 €)

Multa de 1 a 3 meses

Estafa continuada o por organización criminal

Pena en mitad superior o superior en grado

Además:

  • Indemnización del daño económico causado.

  • Posible prisión provisional si hay riesgo de fuga o reiteración.

Inhabilitación profesional si se comete en el ámbito empresarial o fiduciario.

¿Cómo intervenimos en Lealta Abogados?

Defensa del investigado o acusado:

  • Estudio detallado de la relación contractual, correos, mensajes, transferencias y pruebas económicas.

  • Impugnación del elemento de engaño: lo que puede parecer estafa muchas veces es un conflicto civil o comercial.

  • Revisión de pruebas documentales y periciales contables o informáticas.

  • Alegaciones de error de interpretación, ausencia de dolo, negociación legítima, o restitución del daño como atenuante.

  • Negociación de acuerdos con Fiscalía solo si resultan claramente ventajosos.

Acusación particular / víctima de estafa:

  • Presentamos querella penal bien fundamentada, con detalle técnico y pruebas.

  • Aportamos contratos, comunicaciones, justificantes bancarios, periciales contables o tecnológicas.

  • Personación como acusación particular desde la fase de instrucción.

  • Solicitamos medidas cautelares (embargos, bloqueo de cuentas, fianzas).

Perseguimos la máxima indemnización posible y la condena efectiva.

Preguntas frecuentes sobre delitos de estafa en BArcelona capital

Resolvemos tus dudas

No todo impago es delito. Debe probarse que hubo engaño desde el inicio, no simplemente que no se pudo pagar.

La estafa implica engaño para que otro entregue algo. La apropiación indebida se produce cuando se recibe algo legítimamente y luego no se devuelve.

En Lealta Abogados valoramos gratuitamente tu caso y te indicamos qué pruebas necesitas: facturas, correos, transferencias, etc.

 Depende. Si se ocultó el defecto o se simuló una calidad inexistente, puede considerarse estafa. Si fue un defecto menor sin dolo, será una cuestión civil.

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