Delitos por exceso de velocidad en Barcelona
Defensa penal especializada en seguridad vial
Lealta Abogados, despacho penalista en Barcelona, contamos con una sólida experiencia en la defensa penal de conductores investigados o denunciados por delitos de exceso de velocidad, uno de los ilícitos más comunes dentro del ámbito de la seguridad vial.
Aunque muchas personas lo asocian únicamente con una multa administrativa, exceder ciertos límites de velocidad puede constituir un delito penal, con consecuencias graves como penas de prisión, retirada del carnet de conducir y antecedentes penales.
Si has recibido una notificación judicial, una citación para declarar o has sido interceptado por radar circulando muy por encima del límite legal, es esencial contar desde el inicio con un abogado penalista especializado. En Lealta Abogados analizamos el caso desde un enfoque técnico-jurídico y diseñamos una estrategia de defensa adaptada a tus circunstancias personales y procesales.
Abogado velocidad excesiva Barcelona
¿Qué se considera un delito de exceso de velocidad?
El artículo 379.1 del Código Penal tipifica como delito la conducción a una velocidad que supere en:
- 60 km/h el límite permitido en vía urbana, o
80 km/h en vía interurbana.
Ejemplos concretos:
Si circulas a 111 km/h o más en una zona de 50 km/h, es delito.
Si circulas a 181 km/h o más en una carretera limitada a 100 km/h, también lo es.
Este tipo de delito se persigue incluso si no se ha causado un accidente, ya que se considera un delito de peligro abstracto: no se requiere que exista un daño real, basta con que el comportamiento haya puesto en riesgo la seguridad vial.
Velocidad excesiva en Barcelona
¿Qué penas contempla el código penal?
Las penas previstas por este delito incluyen:
-
Prisión de 3 a 6 meses, o
-
Multa de 6 a 12 meses, o
-
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
En todos los casos, además se impone la retirada del permiso de conducir por un período de 1 a 4 años.
¿Cómo intervenimos en estos casos?
En Lealta Abogados desarrollamos una defensa penal sólida y personalizada. Nuestro enfoque técnico se basa en la revisión minuciosa de todas las pruebas, la normativa aplicable y los márgenes de actuación en cada fase del procedimiento.
Si eres el investigado por exceso de velocidad:
Verificamos la legalidad y calibración del radar o dispositivo de medición utilizado.
Analizamos si existen errores formales en la denuncia o atestado policial.
Evaluamos si la maniobra fue puntual, involuntaria o no dolosa, y si puede solicitarse la atenuación o exención de pena.
Negociamos con Fiscalía para lograr penas mínimas, suspensiones de condena o sustitución de prisión por multa o trabajos sociales.
Aportamos informes personales y familiares que justifiquen una defensa más humanizada y ajustada a tu realidad.
¿Te han notificado un procedimiento penal por velocidad?
No esperes a que el proceso avance sin defensa. Contáctanos cuanto antes para que podamos estudiar tu caso y actuar en tu favor desde el primer momento.
Preguntas frecuentes sobre delitos de administración desleal
Resolvemos tus dudas
¿Cuándo se considera delito el exceso de velocidad?
El exceso de velocidad se convierte en delito penal cuando el conductor supera en más de 60 km/h el límite permitido en vía urbana o en más de 80 km/h en vía interurbana. Por ejemplo, circular a más de 111 km/h en una zona de 50 km/h o a más de 181 km/h en una carretera limitada a 100 km/h puede conllevar consecuencias penales, aunque no se haya producido ningún accidente.
¿Qué sanciones puede conllevar este delito?
El artículo 379.1 del Código Penal establece que este delito puede castigarse con:
-
Prisión de 3 a 6 meses, o
-
Multa de 6 a 12 meses, o
-
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Además, en todos los casos se impone la retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años.
¿Es necesario que haya un accidente para que sea delito?
No. Se trata de un delito de peligro abstracto, lo que significa que basta con que la conducta haya puesto en riesgo la seguridad vial. Es suficiente con que el radar o los agentes acrediten que se ha superado el umbral legal de velocidad. No es necesario que se haya producido un siniestro ni que existan daños personales o materiales.
¿Qué debo hacer si he recibido una citación o notificación por exceso de velocidad?
Lo más recomendable es contactar inmediatamente con un abogado penalista. No declares sin asesoramiento legal. En Lealta Abogados analizamos tu caso desde el primer momento, revisamos la validez de las pruebas, evaluamos las posibilidades de defensa y negociamos con la Fiscalía si es conveniente para obtener el mejor resultado posible.
¿Puedo evitar la prisión si me declaro culpable?
En muchos casos, sí. Si no tienes antecedentes penales y se dan las condiciones adecuadas, es posible solicitar la suspensión de la condena o sustituir la pena de prisión por una multa o trabajos en beneficio de la comunidad. Cada caso requiere un análisis individualizado para valorar esta posibilidad.