Asesoramiento penalista para delitos socioeconómicos en barcelona
Defensa penal profesional garantizada
En Lealta Abogados, contamos con una amplia experiencia en la defensa y acusación particular en procedimientos penales relacionados con el ámbito económico, empresarial y societario.
Este tipo de delitos afectan directamente al tráfico jurídico, la seguridad del mercado y los derechos de socios o terceros, y su persecución se ha intensificado en los últimos años, especialmente en contextos empresariales, concursos de acreedores o conflictos entre socios.
Ofrecemos asistencia penal integral tanto a personas investigadas como a perjudicados por este tipo de conductas, adaptando nuestra estrategia a las particularidades económicas y contables de cada caso.
Abogado delito societario barcelona
¿Qué se considera un delito societario o socioeconómico?
Los delitos socioeconómicos y societarios son aquellas conductas penales que vulneran el buen funcionamiento de la actividad económica y empresarial, ya sea a través de fraudes, manipulaciones contables, abuso de poder societario o alteración de las reglas del mercado.
Incluyen actos cometidos por empresarios, administradores, contables o directivos que afectan a la transparencia, la equidad entre socios o la protección de terceros (acreedores, trabajadores o inversores).
Las penas varían según el tipo de delito y el perjuicio causado, pero pueden incluir por lo general:
- Prisión: entre 6 meses y 6 años
- Multas proporcionales al beneficio obtenido o al daño causado
- Inhabilitación para administrar sociedades o ejercer cargos de representación legal
- Responsabilidad civil derivada del delito: indemnizaciones por el perjuicio económico generado
Abogado delitos societarios y socioeconómicos barcelona
¿Qué penas comtempla el código penal?
Entre las conductas más frecuentes se encuentran:
- Falseamiento de cuentas anuales o documentos contables (art. 290 CP)
- Imposición de acuerdos abusivos por parte de la mayoría (art. 291 CP)
- Obstrucción del derecho de información del socio (art. 292 CP)
- Administración desleal o fraudulenta (arts. 252 y 295 CP)
- Denegación abusiva de libros o documentación a los socios (art. 293 CP)
- Simulación de situaciones económicas falsas en el mercado (art. 284 CP)
- Delitos concursales o punibles en situación de insolvencia (arts. 259 y ss.)
- Abuso de posición mayoritaria en sociedades para perjudicar a socios minoritarios
Muchos de estos delitos requieren conocimiento contable, económico y mercantil, lo que hace imprescindible contar con una defensa técnica especializada.
¿Cómo intervenimos en estos procedimientos?
Si eres investigado por un delito societario:
- Estudiamos a fondo la contabilidad y la operativa mercantil.
- Identificamos fallos en la instrucción o en los informes periciales.
- Exploramos vías de archivo, conformidad mínima o absolución.
- Negociamos con la fiscalía soluciones realistas según el riesgo penal.
Si eres víctima o socio perjudicado:
- Redactamos denuncia o querella con apoyo documental.
- Solicitamos medidas cautelares (embargos, ceses de administrador…).
- Aportamos informes periciales que acrediten el perjuicio.
Perseguimos penal y civilmente la reparación del daño sufrido.
Preguntas frecuentes sobre delitos de empresas
Resolvemos tus dudas
¿Puedo denunciar a un administrador si sospecho que está vaciando la sociedad?
Sí. Puedes iniciar una querella por administración desleal, falsedad o incluso apropiación indebida, si tienes indicios y respaldo documental.
¿Es delito manipular una junta para aprobar acuerdos abusivos?
Sí, si se fuerza a la mayoría a imponer decisiones perjudiciales para el resto de socios, puede ser delito (art. 291 CP), sobre todo si hay un perjuicio económico.
¿Se puede ir a prisión por falsear las cuentas de una empresa?
Sí. El falseamiento contable está penado con hasta 3 años de prisión. Además, puede tener consecuencias civiles y tributarias.
¿Puedo ejercer como acusación si soy socio minoritario perjudicado?
Sí, siempre que puedas acreditar tu condición de socio y el perjuicio sufrido. Además, puedes solicitar medidas de aseguramiento del patrimonio.
¿Se puede conformar el acusado y evitar el juicio?
En ciertos casos, sí. Si se reconoce el hecho y se pacta con fiscalía, se puede obtener una pena inferior y evitar la vista oral.