Abogado para delito de alzamiento de bienes en Barcelona

Expertos en delitos de alzamiento de bienes e insolvencia punible

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Defensa penalista especializada

El alzamiento de bienes y la insolvencia punible son delitos económicos que afectan tanto a particulares como a empresas. Se producen cuando una persona o entidad, con la intención de eludir sus obligaciones económicas, oculta, transfiere o diluye su patrimonio para evitar el pago de deudas o el cumplimiento de una resolución judicial.

Estos delitos están regulados en los artículos 257 a 261 del Código Penal y pueden conllevar sanciones que incluyen penas de prisión, multas económicas e incluso la inhabilitación para el ejercicio de actividades económicas o comerciales.

En Lealta Abogados, contamos con un equipo especializado en derecho penal económico, con amplia experiencia en la defensa de clientes acusados de alzamiento de bienes e insolvencia punible, también estamos especializados en la denuncia y acusación de delitos de alzamiento e insolvencia. Ofrecemos asesoramiento personalizado y estrategias de defensa adaptadas a cada caso.

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Asesoría legal para delitos de insolvencia punible en barcelona

¿En qué consiste el alzamiento de bienes?

El alzamiento de bienes es un delito que ocurre cuando una persona, sabiendo que tiene deudas pendientes o que está inmersa en un procedimiento judicial, realiza acciones fraudulentas para evitar que sus acreedores puedan embargar o reclamar su patrimonio.

Ejemplos de alzamiento de bienes:

  • Traspaso de propiedades o dinero a familiares o terceros antes de una ejecución judicial para aparentar insolvencia.
  • Vaciamiento de cuentas bancarias o liquidación de activos sin justificación económica real.
  • Venta ficticia de bienes a un precio simbólico con el objetivo de que el titular real ya no aparezca como propietario.
  • Disolución fraudulenta de empresas para evitar pagar deudas o responder ante obligaciones económicas.

 

Este tipo de maniobras pueden ser investigadas por los tribunales, especialmente cuando los acreedores demuestran que existía una intención clara de evitar el pago de las deudas.

¿Y la insolvencia punible?

La insolvencia punible es un delito que se produce cuando una persona o empresa provoca, agrava o simula una situación de insolvencia con el objetivo de eludir sus responsabilidades económicas o defraudar a sus acreedores.

En muchos casos, este delito se comete dentro de concursos de acreedores fraudulentos, donde se manipula la contabilidad o se generan deudas artificiales para evitar pagar lo que realmente se debe.

Consecuencias legales del alzamiento de bienes y la insolvencia punible

Ambos delitos están tipificados en el Código Penal, y sus consecuencias pueden ser graves:

  • Penas de prisión: Dependiendo del caso, generalmente, pueden oscilar entre 1 y 4 años de cárcel.
  • Multas económicas: Pueden alcanzar entre 12 y 24 meses de multa, dependiendo del daño económico causado.
  • Inhabilitación profesional: En casos de insolvencia fraudulenta, el responsable puede ser inhabilitado para administrar empresas o realizar actividades económicas.
  • Responsabilidad civil: El acusado puede verse obligado a restituir los bienes ocultados o compensar a los acreedores perjudicados.
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¿Cómo intervenimos en Lealta Abogados?

Si eres el investigado:

  • Te asesoramos desde la primera diligencia de investigación.

  • Revisamos la trazabilidad de los movimientos patrimoniales cuestionados.

  • Impugnamos las periciales contables o informes sin base técnica.

  • Buscamos vías de archivo, atenuación de la pena o absolución.

Si eres víctima o acreedor perjudicado:

  • Presentamos denuncia o querella penal contra los responsables.

  • Nos personamos como acusación particular en el procedimiento.

  • Solicitamos medidas cautelares para proteger tu crédito (embargos preventivos, anotaciones registrales, etc.).

Reclamamos la restitución de bienes y la indemnización correspondiente además de la condena penal.

Preguntas frecuentes sobre delitos alzamiento de bienes e insolvencia punible

Resolvemos tus dudas

El alzamiento de bienes está castigado generalmente con penas de 1 a 4 años de prisión y multa de 12 a 24 meses, dependiendo de la gravedad del delito y el perjuicio causado. A estas penas se le pueden aplicar circunstancias agravantes. 

El alzamiento de bienes consiste en ocultar o desviar activos para evitar el pago de deudas, mientras que la insolvencia punible se da cuando una persona o empresa simula o agrava su insolvencia de forma fraudulenta para perjudicar a sus acreedores.

Cada caso es diferente. En algunos casos, se puede demostrar que no existió intención fraudulenta o que las operaciones realizadas fueron legales. Contar con un abogado penalista experto es clave para una buena defensa.

No siempre. Para que haya insolvencia punible, debe existir una intención fraudulenta, como manipular la contabilidad o desviar activos. Si la quiebra fue real y no se cometió fraude, no hay delito.

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