Abogado para delitos de falsificación de documentos en Barcelona
Defensa penal especializada en delitos de falsedad documental
En Lealta Abogados, despacho penalista en Barcelona, defendemos a personas acusadas o investigadas por delitos de falsificación de documentos, ya sean documentos públicos, privados, mercantiles o certificados oficiales.
Este tipo de delitos están regulados en los artículos 390 y siguientes del Código Penal, y pueden conllevar penas de prisión, multas, inhabilitación profesional y consecuencias graves a nivel laboral o reputacional.
Actuamos también en representación de perjudicados o empresas víctimas de falsificaciones, ejerciendo la acusación particular para reclamar indemnizaciones y asegurar responsabilidades civiles y penales.
Delito falsificación de documentos Barcelona
¿Qué se considera delito de falsificación de documentos?
El delito de falsedad documental castiga la creación, alteración o manipulación de documentos con el fin de inducir a error, obtener beneficios ilegítimos o perjudicar a terceros.
Puede cometerse tanto falsificando el contenido de un documento, como suplantando la identidad del firmante, insertando datos falsos o usando un documento auténtico de forma indebida.
El Código Penal distingue entre:
- Falsedad en documento público, oficial o mercantil.
- Falsedad en documento privado.
- Falsificación de certificados (médicos, académicos, etc.).
Falsedad cometida por funcionarios públicos.
Conductas castigadas en el Código Penal
Entre las conductas más comunes que se investigan por falsedad documental, encontramos:
- Crear o modificar documentos oficiales o privados (contratos, facturas, DNIs, poderes notariales, etc.) para obtener un beneficio o engañar a un tercero.
- Utilizar documentos falsos como si fueran verdaderos en un procedimiento judicial, administrativo o contractual.
- Falsificar un parte médico, certificado académico o justificación laboral.
- Fabricar documentos de identidad o permisos de residencia extranjeros falsos.
- Incluir datos inexactos en escrituras notariales, registros oficiales o actas societarias.
- Firmar en nombre de otra persona sin autorización (suplantación).
Alterar el contenido de un documento auténtico para obtener un efecto jurídico distinto.
¿Cómo intervenimos en estos procedimientos?
Si eres investigado o acusado:
- Comprobamos si realmente hubo alteración con relevancia penal, o si se trata de una irregularidad administrativa o un malentendido.
- Argumentamos la falta de dolo (intención de engañar), especialmente en documentos que carecen de trascendencia jurídica.
- Impugnamos los peritajes o informes técnicos si no son concluyentes.
- Defendemos el principio de proporcionalidad, especialmente en casos sin perjuicio real.
Si eres perjudicado o víctima de una falsificación:
- Redactamos y presentamos denuncia o querella penal.
- Solicitamos diligencias urgentes (revisión de documentación, comparecencias).
- Nos personamos como acusación particular.
- Reclamamos indemnización por perjuicio económico, moral o profesional.
Preguntas frecuentes sobre delitos de falsificación de documentos
Resolvemos tus dudas
¿Es delito falsificar una firma aunque sea de un familiar o con su consentimiento?
Sí, la falsedad puede producirse incluso si hay familiaridad. Lo relevante es que se crea un documento con contenido o firma falsa que pueda inducir a error.
¿Se castiga usar un documento falso aunque no lo haya creado yo?
Sí. El uso de documento falso también es delito (aunque no lo hayas falsificado tú). El Código Penal castiga a quien lo utiliza conscientemente para obtener un beneficio o perjudicar a otro.
¿Es delito presentar un documento con errores sin saber que era falso?
No. Si puedes acreditar que no sabías que el documento era falso o que no tenías intención de engañar, no hay delito. La clave está en demostrar buena fe.
¿Puedo evitar la prisión si reconozco los hechos?
Dependerá del tipo de documento y del perjuicio causado. En muchos casos, si hay conformidad y se indemniza a los perjudicados, puede lograrse una pena de multa o suspensión.
¿Se puede acusar por falsedad por cambiar un contrato entre particulares?
Solo si el cambio tiene trascendencia jurídica y se realiza con intención de inducir a error. No todo error o modificación contractual supone delito.