Abogado delito malversación de fondos públicos Barcelona
Defensa penal experta en delitos contra la Administración
En Lealta Abogados, despacho penalista con sede en Barcelona, defendemos a funcionarios, autoridades y particulares acusados de malversación de caudales públicos, así como a entidades y particulares perjudicados que desean ejercer la acusación particular.
El delito de malversación, regulado en el artículo 432 y siguientes del Código Penal, ha sido objeto de varias reformas recientes, por lo que es imprescindible contar con un abogado penalista especializado en derecho penal público y económico para abordar este tipo de procedimientos con las máximas garantías.
Tu abogado para delitos de malversación de fondos públicos
¿Qué es el delito de malversación?
La malversación de fondos públicos se comete cuando una autoridad o funcionario público sustrae, desvía, emplea en beneficio propio o da un uso indebido a caudales o efectos públicos que tiene a su cargo por razón de su cargo.
No se trata únicamente de robar dinero público. También es malversación:
- El uso de vehículos oficiales para fines personales.
- Encargos administrativos para beneficio privado.
- Derivar fondos o contratos a empresas vinculadas.
- La utilización de bienes públicos de forma injustificada.
Tras la reforma del Código Penal de 2022, se distingue entre:
- Malversación agravada con ánimo de lucro o perjuicio a la Administración.
Malversación atenuada, sin ánimo de lucro pero con uso indebido.
Delitos de malversación de fondos públicos en Barcelona
¿Qué penas conlleva la malversación?
Las penas varían en función de la conducta y del perjuicio causado:
Malversación agravada (art. 432 CP):
- Prisión de 6 a 12 años.
- Inhabilitación absoluta de 10 a 20 años.
- Multa proporcional al valor sustraído.
Modalidad atenuada (art. 433 CP):
- Prisión de 1 a 4 años.
- Inhabilitación especial de 2 a 6 años.
- Multa proporcional.
Cuando el valor del perjuicio no excede de 4.000 €:
- Puede aplicarse una pena inferior o multa, como prevé el art. 434 CP.
Estas penas pueden acumularse con otras si existen delitos conexos, como prevaricación, fraude, falsedad documental o blanqueo de capitales.
¿Cómo trabajamos la defensa penal o la acusación particular?
Si eres el investigado:
- Acreditamos la ausencia de ánimo de lucro o el uso justificado de los fondos.
- Distinguimos la gestión irregular de la apropiación dolosa.
- Impugnamos periciales contables y auditorías si no son objetivas.
Si eres víctima o afectado:
- Presentamos denuncia o querella penal.
- Solicitamos medidas cautelares (embargo, devolución de cantidades…).
- Nos personamos como acusación particular.
Reclamamos responsabilidad civil, intereses y daños colaterales.
Preguntas frecuentes sobre delitos de malversación de fondos
Resolvemos tus dudas
¿Toda gestión incorrecta de fondos es malversación?
No. Para que sea delito debe haber intención de desviar, sustraer o beneficiar a alguien. La mala gestión o negligencia sin dolo puede tener consecuencias administrativas, pero no penales.
¿Me pueden acusar aunque no haya desaparecido dinero?
Sí. Basta con que haya uso indebido de recursos públicos (vehículos, tarjetas, contratos…), incluso sin enriquecimiento.
¿Se puede evitar la prisión por malversación?
Depende del importe, el tipo de malversación, y si se devuelve el dinero. Incluso en casos de mayor gravedad aparente se puede demostrar la inocencia o conseguir la absolución.
¿Qué diferencia hay entre malversación y prevaricación?
La prevaricación castiga dictar resoluciones injustas. La malversación, en cambio, requiere el manejo directo de fondos o bienes públicos y un uso indebido de los mismos.
¿Puedo presentar una querella si soy un perjudicado?
Sí. Puedes hacerlo como particular afectado, como entidad pública o incluso como ciudadano si tienes legitimación, especialmente en delitos que afectan al interés general.