Abogado para impago de pensión alimenticia en Barcelona

Expertos en casos de impagos de pensión de alimentos en Barcelona

Impago de pensión alimenticia Barcelona

Asistencia penal en delitos por impago de la pensión alimenticia

En Lealta Abogados ofrecemos defensa penal especializada para personas investigadas por impago de la pensión de alimentos y representación jurídica para quienes deseen denunciar la falta de pago por parte del progenitor obligado. Estos hechos, regulados en el artículo 227 del Código Penal, pueden constituir delito si se incumple el deber de abonar prestaciones económicas establecidas por resolución judicial.

Actuamos tanto en defensa como en acusación particular, con máxima agilidad y confidencialidad, especialmente en los juzgados de lo penal y familia en Barcelona y toda España.

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Abogado para casos de impago de pensión de alimentos en Barcelona

¿Cuándo se considera delito el impago de pensión?

El impago de alimentos se convierte en delito cuando se da alguna de estas circunstancias:

  • El obligado deja de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos la pensión alimenticia establecida por sentencia o convenio judicialmente aprobado.

  • La pensión puede ser para hijos menores o mayores de edad si aún tienen derecho (por ejemplo, estudios no finalizados o dependencia económica).

No es necesario que haya una negativa expresa: la simple omisión de pago ya puede constituir delito si se prueba que existía capacidad económica o voluntad de eludir la obligación.

Requisitos para denunciar el impago

  • Existencia de resolución judicial firme (sentencia o auto) que establezca la pensión.

  • Incumplimiento de al menos dos mensualidades seguidas o cuatro alternas.

  • Aportar justificantes del impago y acreditar que el obligado tenía capacidad de pago o no ha justificado su situación.

¿Qué penas contempla el Código Penal para los delitos de no pagar la pensión de alimentos?

El artículo 227 CP establece:

  • Prisión de 3 meses a 1 año.

  • Multa de 6 a 24 meses.

  • Posibilidad de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad.

  • Además, el progenitor deudor seguirá obligado a pagar la deuda alimenticia con intereses.

El procedimiento penal es compatible con la ejecución civil de la deuda, es decir, se puede reclamar simultáneamente vía penal y civil.

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¿Cómo intervenimos en Lealta Abogados?

Si eres el progenitor denunciado o investigado:

  • Te asistimos desde la citación o notificación judicial.

  • Aportamos documentación que acredite tu situación económica (paro, deudas, imposibilidad real de pago…).

  • Negociamos con la acusación o Fiscalía para evitar condena o solicitar suspensión de la pena si se paga lo adeudado.

  • En caso necesario, preparamos una defensa técnica basada en ausencia de dolo o imposibilidad sobrevenida de cumplir.

Si eres el progenitor que desea denunciar:

  • Presentamos denuncia penal con prueba documental del impago.

  • Solicitamos la apertura de diligencias y personación como acusación particular.

  • Aportamos testimonio, justificantes y pruebas de la capacidad económica del deudor.

  • Reclamamos el pago de lo debido con intereses legales, además de responsabilidad penal.

  • Si existen menores afectados, pedimos medidas de protección o modificación de custodias si procede.

Preguntas frecuentes sobre delitos de impago de pensión alimenticia

Resolvemos tus dudas

Dependerá de si puedes probar que tu situación económica realmente te impide pagar. Si existe dolo (intención de no pagar pudiendo hacerlo), puede haber condena.

Puede ser un atenuante relevante. En algunos casos puede evitarse la pena de prisión o facilitar una suspensión si se abona la deuda antes del juicio.

El plazo de prescripción del delito es de 5 años desde el impago. Se puede denunciar dentro de ese periodo, incluso si el incumplimiento fue parcial.

Sí. La vía civil está abierta independientemente del resultado penal. Puedes reclamar por ejecución de sentencia.

Se puede seguir un procedimiento penal o civil de ejecución internacional si existe resolución firme. Lo gestionamos según el país y convenios aplicables.

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