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En el ámbito penal, igual que en otras ramas del derecho, resulta esencial la existencia de un sistema de doble instancia por el que un órgano superior jerárquicamente puede revisar o conocer un asunto ya conocido por otro órgano, considerado inferior jurisdiccionalmente . Este órgano superior puede modificar, anular o confirmar ya sea parcialmente o totalmente la resolución dictada.

En Lealta Abogados somos partidarios de algunos aspectos que introdujo la reforma de la ley procesal penal en el año 2015, entre otros, la implementación de la segunda instancia a través del recurso de apelación contra sentencias, en todos los procesos judiciales penales. Hasta la aparición de esta reforma la apelación solo resultaba posible para determinados delitos enjuiciados únicamente por los jueces de lo penal, instrucción y jueces centrales de lo penal, es decir aquellos delitos castigados con menos de 5 años de prisión principalmente.

La posibilidad de interponer un recurso de apelación y tener acceso a una segunda instancia penal supone una mejoría de las garantías de los ciudadanos ante la justicia, además de estar alineados con la normativa internacional (no tiene porque significar esto último una mejoría siempre).

Tras años de éxito profesional y excelencia jurídica, nuestro despacho de abogados especialistas en recursos de apelación, ha obtenido un reconocido prestigio en Barcelona y todo el territorio nacional.

El recurso de apelación es el medio por el cual, se solicita la modificación de una resolución o sentencia, por parte del órgano judicial superior del que la dictó.

EL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIAS

Un bufete de abogados especialistas en recursos de apelación a tu servicio.

El recurso de apelación se encuentra regulado en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal en diversidad de artículos, en todo caso para la presentación del mismo es necesaria la intervención de un abogado penalista y un procurador.

¿En qué procedimientos puedo interponer recurso de apelación?

  • En un procedimiento abreviado
  • En un juicio por delitos leves
  • En un procedimiento ordinario
  • Sentencias dictadas por la Audiencia Provincial en primera instancia
  • En un procedimiento ante el Tribunal del Jurado

¿Quién conocerá del recurso de apelación presentado?

El recurso de apelación es un recurso devolutivo, por lo tanto, el órgano que resolverá el recurso de apelación interpuesto será un tribunal distinto y superior al que ha dictado la sentencia impugnada.

El recurso de apelación contra sentencias es un recurso suspensivo, por lo tanto impide la ejecución provisional de la sentencia hasta que se resuelva el recurso presentado.

Este puede ser la Audiencia Provincial correspondiente, la Sala de lo Penal Audiencia Nacional o la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la correspondiente comunidad autónoma.

¿Qué puedo solicitar en un recurso de apelación penal?

Debemos tener en cuenta que este nuevo nivel de decisión jurisdiccional no es pleno, es limitado. Por eso, es importante contar con los mejores abogados penalistas, ellos podrán revisar tu caso y plantear el mejor recurso posible.

¿Qué plazos existen para la presentación del recurso de apelación desde la notificación de la sentencia ?

  • -Procedimientos ordinarios. El plazo es de cinco días desde la última notificación.
    -Enjuiciamiento de delitos leves. Se puede interponer el recurso hasta cinco días después de la emisión de la sentencia.
    -Procedimientos abreviados. Las partes tienen un plazo de cinco o diez días para presentar las alegaciones pertinentes.
    -Procedimientos para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. El plazo es de cinco días.
    -Procedimientos ante el tribunal de jurado. Se debe interponer en los diez días siguientes.

¿Se celebrará una nueva vista con el recurso de apelación?

La vista tan sólo resulta procedente si los escritos de interposición o de alegaciones contienen proposición de prueba o reproducción de la grabadas y resulta admitida por el Tribunal, en cuyo supuesto el Letrado de la Administración de Justicia señalará día para la vista. También podrá celebrarse vista cuando, de oficio o a instancia de parte, la estime el Tribunal necesaria para la correcta formación de una convicción fundada. En cualquier otro caso, la concentración de las alegaciones en el escrito de interposición hace innecesaria su reproducción oral. Pero si el Tribunal accede a la realización de la vista, finalizada la ejecución de la prueba y reproducidas las grabaciones, las partes tendrán una segunda ocasión esta vez oral, de formular sus alegaciones.

¿En qué casos se podría solicitar la revisión de la sentencia?

Debemos tener en cuenta que la casuística puede ser enorme, y como se ha establecido por la Jurisprudencia debemos atender al caso concreto, y valorar como quedaría la Sentencia aplicando la nueva normativa de acuerdo con los datos y circunstancias de la sentencia a revisar, pero se encuentran los siguientes casos que ya se han resuelto de forma uniforme por la mayoría de los juristas:

– Rebaja del límite del máximo legal: En el caso de que el sujeto se encuentre condenado por la pena máxima prevista en la anterior norma, deberá revisarse la condena.
– Rebaja del límite del mínimo legal: Nos encontraríamos con la misma situación que para los casos de la rebaja del límite del máximo legal.
– Casos de condenados por delitos actualmente no tipificados con la reforma: Los condenados deberían ser excarcelados.

Estamos considerados como uno de los mejores abogados penalistas de Barcelona habiendo obtenido numerosos casos de éxito, esto nos otorga una ventaja a la hora de adelantarnos a los acontecimientos y trazar así la mejor línea de defensa existente. Contacte con Lealta Abogados las 24 horas del día, cualquier día de la semana sin compromiso.

LAS SENTENCIAS ABSOLUTORIAS

Cuando se dicta una sentencia absolutoria a favor del acusado, tanto la Acusación Particular como el Ministerio Fiscal, pueden interponer contra la misma un recurso de apelación solicitando que se revoque la sentencia, solicitando que se dicte una sentencia condenatoria.

El Tribunal Constitucional en su sentencia número 167/2002, y otras sentencias en adelante, apuestan en una nueva doctrina orientada a restringir la revisión probatoria en contra del reo cuando la sentencia que se haya dictado sea absolutoria.

Por lo tanto, la única posibilidad de revocar una sentencia absolutoria es basar el recurso en cuestiones meramente jurídicas pero no en la simple valoración de los hechos.

Quiero recurrir una sentencia en apelación ¿Qué debo hacer?

No dejes pasar la oportunidad de que nuestros abogados penalistas en Barcelona Lealta Abogados, estudien tu caso y recomienden la mejor estrategia para apelar la sentencia penal.

Lealta Abogados destaca por la alta especialización en la elaboración y presentación de recursos en el ámbito penal. Contacte con Lealta Abogados las 24 horas del día, sin ningún compromiso.